Ley de tenencia de animales peligrosos
Esta ley tampoco atañe en exclusiva a los perros de razas agresivas, sino al animal de cualquier especie y raza que pueda suponer un peligro para su entorno.
Hemos resumido los 4 ó 5 puntos que más puedan interesarnos a la hora de adquirir nuestra mascota:
- La presente Ley tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia de animales potencialmente peligrosos para hacerla compatible con la seguridad de personas y bienes y de otros animales. Se aplicará sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente en materia de especies protegidas.
- Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas a otros animales y daños a las cosas .
- La tenencia de cualquiera de los animales clasificados como potencialmente peligrosos al amparo de esta Ley requerirá la previa obtención de una licencia administrativa , que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante.
- Los propietarios, criadores o tenedores de los animales a los que se refiere la presente Ley tendrán la obligación de identificar y registrar a los mismos en la forma y mediante el procedimiento que reglamentariamente se determine.
- Queda prohibido el adiestramiento de animales dirigido exclusivamente a acrecentar y reforzar su agresividad para las peleas, y ataque en contra de lo dispuesto en esta Ley.
- Los propietarios, criadores o tenedores deberán mantener a los animales que se hallen bajo su custodia en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias y con los cuidados y atenciones necesarios de acuerdo con las necesidades fisiológicas y características propias de la especie o raza del animal.
- Se consideran faltas graves:
Abandonar un animal potencialmente peligroso , de cualquier especie y cualquier perro, entendiéndose por animal abandonado, tanto aquél que vaya preceptivamente identificado, como los que no lleven ninguna identificación sobre su origen o propietario, siempre que no vayan acompañados de persona alguna.
Tener animales potencialmente peligrosos sin licencia o sin haberlos identificado .
La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos , o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales.
Escrito el 27 Junio, 2007 en la seccion Temas Generales por cachorro
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